Ciudadanos, política, elecciones y desencanto

El artículo 216 de la Constitución dominicana refiere que los partidos políticos, junto con los movimientos políticos accidentales, tienen como sus objetivos esenciales: garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos y contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político, mediante la propuesta de candidaturas a los cargos de elección popular. Sigue leyendo Ciudadanos, política, elecciones y desencanto